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Plan de control tributario 2011
15-02-2011El día 7 de febrero se han publicado en el BOE las Directrices Generales del Plan General de Control Tributario para 2011.
Bajo este largo título se establecen cuáles van a ser los criterios que van a regir la acciones y controles de la Inspección Tributaria y del resto de órganos de Hacienda.
Entre otras cosas establece que sectores y actividades serán en los que se hará más hincapié por parte de la Inspección de Hacienda, aunque sin desglosar cuáles son las instrucciones precisas con las que este órgano debe trabajar, al ser esta una materia reservada y sometida a secreto.
En Cyclo hemos tratado de resumir brevemente cuáles van a ser las principales directrices ya que hemos pensado que no nos viene nada mal el conocerlas y compartirlas con nuestros clientes:
a) Actividades Profesionales.- Los signos externos de riqueza y otras fuentes de información van a ser primordiales en este caso, por comparación con los ingresos declarados de los profesionales. Se van a diseñar herramientas informáticas, que en conexión con notarías y otras administraciones (se nos ocurre también ¿Tráfico?), puedan detectar automáticamente este tipo de signos.
b) Billetes de alta denominación y movimientos bancarios de importancia.
c) Subcontratas y fraude.- En conexión con la Seguridad Social, tratar de encontrar a esas empresas que emiten facturas falsas sin tener nadie de alta en la Seguridad Social.
d) Detección de Rentas obtenidas en España por los No Residentes titulares de cuentas bancarias.
e) Módulos.- Como no, de nuevo se incidirá en las personas físicas en módulos, entre otras razones por ser una fuente, en algunos casos, de facturas falsas. Se estudiarán las conexiones de estos empresarios con otros en estimación directa.
f) Colaboración con la Seguridad Social en la detección de la Economía Sumergida.- Acciones presenciales, intercambio con la Seguridad Social de los censados en ambos organismos, nueva declaración del consumo de energía eléctrica (modelo 159) que ayudará a detectar consumos excesivos en locales vacíos o en viviendas, nueva declaración de terminales de tarjetas de crédito (modelo 170, en el que los bancos deberán declarar dónde tienen instalados los TPV y el volumen que ello genera), importaciones de Asia, etc, se configuran como los elementos de los que Hacienda echará mano para detectar Actividades o Facturación no declaradas.
g) Lucha contra la Ingeniería Fiscal y Planificación Fiscal Abusiva.- Ocultación de Patrimonios a través de estructuras fiduciarias, productos financieros opacos, gastos financieros intragrupos con el fin de reducir las bases imponibles sujetas en España, etc. También se hará hincapié en la localización de patrimonios en los territorios “No Cooperativos” (los que hasta ahora se venían denominando paraísos fiscales), a través de la apertura que muchos de estos territorios están realizando y que propicia el conocimiento de los titulares de activos y productos financieros (recordemos el caso de Suiza).
h) El consabido Control de los Precios de Transferencia.- Este tema, muy manido ya, constituye una de las grandes luchas de las Haciendas de los países, ya que los indebidos precios de transferencia (pagos internacionales entre sociedades del mismo grupo o una sociedad y sus sucursales, o viceversa) propician que, de hecho, las multinacionales difieran la tributación hacia los países en los que padecen la menor tributación. De esta forma, una base imponible alta en España, por ejemplo, puede verse compensada mediante la aplicación de un precio muy alto a la mercancía recibida de otro país que sin ser productor tampoco sí que tiene un menor impuesto de sociedades. Con lo cual el 30% (si ese fuera el caso) que se ahorra en España por reducción de la Base Imponible por ese mayor gasto ficticio, supone un incremento de dicha Base en el país de origen de la mercancía, que, podría ser, tributase al 10%, por poner un ejemplo, con lo cual al Multinacional estaría ahorrándose un 20%. Existen acuerdos internacionales para el control de estos Precios de Transferencia y Hacienda intentará hacer mayor hincapié en su control este año.
i)Tramas Intracomunitarias del IVA.- De nuevo se incidirá en este asunto, lo que supondrá, si cabe, mayor control de los Operadores VIES (Intracomunitarios) y más restricciones aún en el alta de este régimen. Los que nos dedicamos a esto hemos visto que lo que hasta hace algún tiempo era un trámite fácil, dar de alta en este registro a las empresas que compren en el resto de la UE al objeto de que no paguen el IVA de esos países, sino el español (el IVA de otros países no es deducible en España), se ha convertido en un calvario por la aplicación de estos planes de detección de las grandes tramas de IVA, de forma que se están tardando varios meses (a veces hasta seis) en dar de alta en este régimen, suponiendo ello que la empresa en cuestión debe retrasar el inicio de su actividad durante ese tiempo si no quiere pagar IVA extranjero. Sin género de dudas, están pagando justos por pecadores en este asunto.
j) Control en Fase Recaudatoria.- Al habitual esfuerzo de los órganos de Recaudación se unirá la obligación por parte del Inspector de facilitar el cobro efectivo de la deuda tributaria. Es decir, en otras palabras, bajar al Inspector al “ruedo” de la realidad y que éste se implique de forma que prevea las posibles insolvencias durante el proceso de inspección y se dicten, si cabe, medidas cautelares encaminadas al cobro efectivo de la deuda tanto del deudor principal como, mucho nos tememos, también de los responsables solidarios y subsidiarios.
Otras acciones serán: el control de los incumplidores sistemáticos de las obligaciones fiscales, seguimiento de insolvencias aparentes, control de procesos concursales (muy dejado de la mano de Dios en lo que a control tributario se refiere, todo sea dicho), delito fiscal, impulso a las derivaciones de responsabilidad y medidas cautelares, control de los tributos cedidos a las Comunidades Autónomas, etc.
Y aquí os dejamos toda esta relación de posibles actuaciones de la Inspección Tributaria, ya que todos sabemos lo que dice el famoso refrán: “el saber no ocupa lugar”… Y si alguien quiere saber aún más, que no dude en contactarnos para ir entrando en detalles.
Cristobal Ruíz Marín Experto Fiscal
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